Abogado en alemania, orden europea detención extradiciòn

Abogado penalista internacional en Alemania, Orden Europea Detención, extradiciòn
 

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Alemania aplica el procedimiento establecido por la Decisión Marco del año 2002 del Consejo Europeo sobre Orden de Detención y Entrega de personas en búsqueda por actos criminales, que se ejerce por los países integradores de la Unión Europea.

Este procedimiento implica que, cuando se emite una Orden Europea de Detención, el sujeto objeto de la misma puede negarse a la misma y presentar defensa en ese sentido, o sea, dirigida a evitar su entrega al Estado que lo requiere.

Esta posibilidad de comparecer y ser oído por las autoridades judiciales del Estado ejecutor puede materializarse a través de representación letrada, y tal oportunidad no debe ser desaprovechada. Por ello es importante que la persona requerida se procure un abogado penalista capacitado para actuar en su nombre en un procedimiento relativo a la Orden Europea de Detención.


Cuando nos referimos a un abogado penalista capacitado estamos haciendo alusión a un jurista que domine las normas del Acuerdo Marco, así como el procedimiento que este refrenda aplicado en Alemania, según la estructura y funcionamiento de los órganos jurisdiccionales de este país. Así mismo, es importante que conozca los elementos que en Alemania se tienen en cuenta para acceder o denegar la entrega que se ha solicitado, para poder sustentar eficientemente la posición que el sujeto adopte.

Alemania y la Orden Europea de Detención - abogado penalista internacional

Alemania es un país que se encuentra fuertemente integrado y comprometido con la lucha contra el terrorismo a nivel internacional.
El ataque terrorista contra Estados Unidos acaecido el 11 de Septiembre de 2001, uno de los de mayor resonancia internacional en lo que va de siglo, constituyó un fuerte acicate para que la comunidad europea tomara medidas de seguridad, y de ese movimiento surgió la Orden Europea de Detención y Entrega, como mecanismo por excelencia de cooperación en justicia penal.


No es de extrañar que el terrorismo aparezca como uno de los delitos para los cuales no se precisa la observancia del principio de doble criminalidad, así como que se recalque que las actividades terroristas no pueden ser calificadas, en ningún caso, como delitos políticos, aun cuando el objetivo mediato o inmediato sea la desestabilización del gobierno imperante.


Ahora bien, aunque la OEDE reduce significativamente los términos para que se materialice la entrega de la persona buscada, y simplifica la tramitación, lo que representa una ventaja con respecto a la extradición, se conserva, tal y como en aquella, que el resultado final no será necesariamente la entrega de la persona. La decisión final en cuanto a la entrega queda en manos del Estado ejecutor.


A tenor de la OEDE, se excluye a la autoridad gubernamental, de manera que la decisión final no es del ejecutivo, sino del poder judicial. Pero aun así, con esta modificación respecto a la extradición,  sigue siendo una decisión nacional.

En el caso de Alemania, siempre se tiene en cuenta si el delito cometido tiene alguna relación de facto con este país, tanto en la realización de actos preparatorios como respecto a las consecuencias del acto delictivo, razones que se consideran suficientes para retener a la persona, y no consentir a su entrega, a fin de juzgarlo por los Tribunales alemanes.

En este mismo sentido es muy significativa la pertenencia del sujeto a una organización criminal radicada en territorio alemán, o a un grupo terrorista de reconocimiento internacional que opere desde Alemania,  a través de una facción o célula en este país.

La nacionalidad alemana es otro de los aspectos relevantes en la toma de la decisión de entrega, puesto que en Alemania, en principio, se opta por juzgar a los nacionales de acuerdo a la legislación alemana.

Igualmente se realiza un cuidadoso análisis cuando se trata de una persona de otra nacionalidad que haya adoptado la ciudadanía alemana, o se encuentre en trámite pata ellos al momento de emitirse la Orden de Detención.

También  se presta especial atención a la figura del asilo, pudiendo ocurrir que la persona solicitada haya alcanzado el estatus de asilado o se encuentre en proceso su petición al respecto, al momento de emitirse la Orden de Detención en su  contra.

Procedimiento en Alemania para ejecutar una Orden Europea de Detención

A tenor de los postulados de la Decisión Marco, la ejecución de la OEDE se realiza en Alemania de la siguiente manera:


- El Tribunal de Instrucción tramita la OEDE, recepciona  el alegato del sujeto reclamado contentivo de su posición, y consulta al Ministerio Fiscal si aprecia alguna causal para denegar la entrega.


- En el caso de que la persona reclamada acepte ser entregada, y el Fiscal no señale motivos para la denegación, la decisión queda en manos del propio Tribunal de Instrucción.


- Sin embargo, si la persona reclamada se opusiese a la entrega, o el Ministerio Fiscal señalase la observancia de causales para rechazar la entrega del sujeto, la decisión final será definida por la máxima autoridad judicial, o Tribunal Supremo (Oberste Gerichtshöfe des Bundes)


- Si finalmente se accede a la entrega, esta se realiza con inmediatez.


- En caso de denegarse, se pone en marcha el procedimiento penal alemán, para juzgar al detenido según las normas penales alemanas, si procediese.